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Condenada a 38 años la madre que mató a dos hijos y lo intentó con otros dos

viernes, 5 de febrero de 2010

La madre que mató a dos de sus hijos, de 3 y 7 años, y lo intentó con los otros dos, de 12 y 14, en Mutilva Alta, ha sido condenada a 38 años de cárcel, 15 por cada asesinato y 4 por cada uno de los intentos de asesinato. La sentencia es firme y ha sido dictada de conformidad, ya que la mujer, de 42 años, aceptó el acuerdo al que llegaron ayer el fiscal, la acusación particular y la defensa al comienzo del juicio.
El fiscal pedía inicialmente 62 años de cárcel, pero aplicó la atenuante muy cualificada de trastorno mental transitorio en el momento de cometer los hechos, en febrero de 2008, y la atenuante de reparación de daño, porque ha cedido todos sus bienes a sus hijos. En su calificación final, el Ministerio Público mantuvo la agravante de parentesco.

La lectura del acuerdo, con la acusada en la sala de vistas, fue a puerta cerrada. La semana pasada, la acusación particular (el ex marido) lo solicitó así al tribunal de la sección Tercera de la Audiencia Provincial, con el objetivo de proteger a los menores. Los magistrados aceptaron ayer la petición y ni público ni periodistas pudieron acceder a la sala. Anteriormente, ya se había decidido que no se daría imagen alguna del juicio.

El escrito de acusación del fiscal relata que en 2007 el matrimonio inició los trámites de divorcio y el marido pidió la custodia compartida de los hijos, algo a lo que la mujer se opuso. Tras una vista que se iba a celebrar el 30 de enero de 2008, la mujer consideró que el juzgado iba a acordar la custodia compartida, por lo que "decidió terminar con la vida de sus hijos y la suya".

Un correo a su abogada

Para ello, prosigue el fiscal, compró varias cajas de medicamentos y decidió cometer los crímenes el 5 de febrero de 2008, día en el que los niños no tenían clase al ser fiesta por carnavales y se iban a despertar tarde. A primera hora de esa mañana se dirigió al txoko de la vivienda, machacó las pastillas y "las colocó en unos folios con los nombres de cada uno, para no equivocarse a la hora de repartirlas". Ya por la noche, mezcló el zumo con las pastillas y se lo dio a los tres mayores para que se lo bebieran durante la cena. Al pequeño se lo dio en el biberón.

En una hora sin determinar, pero antes de las cinco de la mañana, la mujer se despertó y comprobó que sus hijos seguían vivos. A los dos pequeños los mató colocándoles un cojín y una almohada en la cabeza. A los dos mayores intentó matarlos con un cuchillo, "sin lograr su propósito". A continuación se dirigió a la cocina dejó cuatro notas. También envió un correo electrónico a su abogada explicándole lo que acaba de hacer. Finalmente, sigue el fiscal, se dirigió al garaje y, "con la intención de quitarse la vida", encendió el motor del coche y se quedó tumbada junto al tubo se escape.

4 comentarios:

pedro dijo...

1/4

Debemos tener claro que los adultos y sólo ellos, en su gran mayoría son los que, partiendo de un conflicto que no pueden, no saben o no desean resolver y solicitan libremente el divorcio debido al fracaso de su relación. La cuestión de los hijos es otra, no es parte del conflicto inicial que lleva al adulto a tomar la decisión de divorciarse, es un problema que aparece posteriormente a esa decisión.
Y suele ser un problema que es añadido en un acto voluntario, porque uno de los progenitores desea que un segundo conflicto se sume al conflicto inicial, con lo cual, el primer conflicto se torna más complejo y de mayor calado. Y la situación se agrava.

¿Porqué, durante la convivencia de pareja, a los hijos les enseñamos, como solución a los conflictos, la comunicación y compartir con otros u otras? ¿Y porqué al mismo tiempo les inculcamos, tolerancia, comprensión, respeto, responsabilidad, amistad, justicia…?

¿Qué ocurre con todos estos valores después de que una pareja tome la decisión de divorciarse, dónde van a parar, a la basura, quizás?

¿Acaso creemos que las necesidades de nuestros hijos son diferentes tras el divorcio? ¿Esto es lo que realmente pensamos?

Creo que cuando un progenitor incluye a los hijos en el conflicto primario, el de la decisión de divorcio, es un acto de irresponsabilidad, negligencia y cobardía. A un problema de pareja que no supo o no quiso resolver, añade intencionadamente un segundo conflicto que además de agravar la situación, es cuestión de vital importancia para la estabilidad emocional de los hijos.

¿Cuál de los progenitores suele ser el impulsor del segundo conflicto? ¿Es necesario? ¿Es bueno para los hijos este segundo conflicto?

¿No se estaría potenciando unas diferencias que los hijos nunca desearían?

Pedro Cruz Montesdeoca – Gran Canaria - 19 de marzo de 2010

pedro dijo...

¿El segundo conflicto, el de los hijos, es incluido como un reto personal que se toma para aliviar el dolor del fracaso personal en la relación de pareja porque se sabe ganador en el juzgado?

¿Quién fracasa cuando una relación de pareja fracasa? ¿Acaso no fracasan los dos por igual?

Y entonces, ¿porqué no continuar cada uno su camino en cuanto a sus vidas personales, pero luchando codo con codo por los hijos comunes? ¿Acaso no tienen esta responsabilidad de por vida?

¿Alguno de los dos desea poseer más reconocimientos que el otro al final de su camino?

¿No sería mejor, un solo reconocimiento?

Bien, pues seguidamente a todo lo anterior, todavía la justicia no quiere reconocer que lo que consiguen con sus decisiones es ampliar y perpetuar el conflicto familiar más allá del lugar que puede servir de punto de inflexión para el inicio de un comportamiento responsable con quien es más importante, el menor. Estos, nunca son un problema en el divorcio de sus progenitores, son la escusa de uno de sus progenitores para aumentar el grado de conflictividad inicial.

A muchísimos jueces no les interesa ver que los adultos solicitantes de divorcio, tienen un problema entre ellos y uno de los dos ha incluido a los hijos como segundo conflicto, aunque por regla general, el primer conflicto no se aprecia como tal, porque los adultos tienen perfecto derecho a decidir el momento en que desean terminar con su relación. En cambio, dado que la responsabilidad de los progenitores con sus hijos es adquirida automáticamente y de forma conjunta en el momento de la concepción y además, está última, es un acto voluntario decidido por adultos, dicha responsabilidad existe en el momento del divorcio, por ello el principio que debería regir siempre es que, ambos están obligados EN FORMA IGUALITARIA a cubrir todos deberes y facultades comprendidos en la patria potestad, esto es, velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles formación integral, SIN EXCEPCIÓN ALGUNA.

Pedro Cruz Montesdeoca – Gran Canaria - 19 de marzo de 2010

pedro dijo...

3/3

No se debe permitir discusión alguna sobre la guarda y custodia de los hijos comunes, la cual tendría que ser conjunta, alternada y sucesiva como principio, porque así era como se ejercía antes de la ruptura de la relación de la pareja. Si esto fuera de esta manera, comprobaríamos que ambos progenitores se observarían desde la misma altura y perspectiva, con las mismas obligaciones y derechos y ninguno estaría en posición preferente ante el otro. Hablaríamos entonces de IGUALDAD.

IGUALDAD que no existe actualmente.

Dos claros ejemplos de un sin fin de ellos es, que no es lo mismo 299 cuentos antes de dormir, besos de buenas noches y otros tantos te quiero, que 66 cuentos antes de dormir, besos de buenas noches y otros tantos te quiero, ni tampoco es lo mismo 273 días de convivencia, que 92 días de convivencia.

¿La madre que se opone a que sus hijos puedan recibir de su padre el afecto, cuidados y educación de forma ecuánime con respecto a ella, estaría tomando a sus hijos como propiedad privada y al padre de estos como un mero accidente?

Por otro lado, a mi modo de ver, los jueces tienen una potestad sobre los menores pero, no tienen los estudios específicos sobre las cuestiones de necesidades emocionales como para determinar el reparto de tiempos de disfrute del menor con cada progenitor. Por tanto me parece que debería existir siempre un informe pericial psicosocial vinculante y no dejar antojadizamente, de manos del ministerio fiscal la decisión final. Y tampoco existe estudio científico alguno, con una muestra grande y homogénea, bien estructurado y publicado en al menos una revista científica de prestigio internacional que haya demostrado que los menores se desarrollan de forma mas saludable e integral conviviendo únicamente con uno de los progenitores.

“Nuestros hijos nunca desearían un comportamiento propio de alimañas”

“Lo que ha cambiado son los sentimientos entre los adultos, no los de sus hijos hacia aquellos”

“No es amor abrazar más fuerte, eso es comprimir”

Pedro Cruz Montesdeoca – Gran Canaria - 19 de marzo de 2010

pedro dijo...

Existen algunas evidencias de la que no hay juez, fiscal ni sentencia que se salve.

Primero.- No cabe en cerebro racional alguno que en España, de cada cien divorcios, sólo en un caso sea necesaria para los hijos la afectividad paterna en igual medida que la de la madre y viceversa, máxime cuando esto no era así hasta ayer, que aún convivían en familia. Ni si quiera en cerebro con título de magistrado o fiscal, aunque desconozco la racionalidad de estos cerebros.

Segundo.- La cuestión de la guarda y custodia de los hijos no es en sí un problema, puesto que ninguna pareja decide divorciarse después de mantener una charla sobre cómo debería ser la guarda y custodia de los hijos en caso de divorcio, un domingo tonto por la tarde, entre pelis, sofá, arrumacos y chuches, si no que, una vez firmemente decidido entre los adultos, que quieren divorciarse – y esto no suele ser un problema porque lo único que deben hacer es buscar uno o dos abogados y redactar un convenio – uno de los progenitores añade “EL PROBLEMA” en el divorcio que es, ni más ni menos que los hijos. Disculpen, dije problema, pero podríamos tratarlo como “EL CANCER”.

Tercero.- No entiendo como la masa encefálica que portan dentro de la caja ósea ovoide del cráneo los magistrados españoles no logra ver que son dos cuestiones distintas las que les llegan a los juzgados de familia. Primero es un divorcio. Hasta aquí, todo es normal. Y segundo, que uno de los dos, precisamente el que tiene la sartén por el mango – mango que le entregó el legislador – se opone a compartir la guarda y custodia de los hijos comunes. Que casualidad que sea precisamente aquel progenitor que lleva ventaja legislativa, el que se opone.

Cuarto.- No existe estudio científico alguno en el que se basen las sentencias para retirar a los hijos el 85 por ciento de la afectividad de su padre. Simplemente NO EXISTEN estudios ni recomendación científica a este respecto. Por eso no son mencionados en el papel oficial del estado donde queda reflejada la sentencia.

Quinto.- Ni jueces ni fiscales se interesan por los motivos que llevan a la madre a oponerse a la guarda y custodia compartida. ¿Porqué? Porque no existen motivos. Es simplemente crueldad de madre a hijo.

Y sexto.- La mujer seguirá siendo mujer y el hombre seguirá siendo hombre. El tener la guarda y custodia o no, no les hace mejores o peores, ni ante los hijos ni ante la sociedad. Lo que si les hace mejores o peores es el haber salvaguardado o no las necesidades afectivas de los hijos, cubriendo todas y cada adecuadamente. El que luchó y el que impidió que lucharan por ellos. Los hijos lo sabrán con el paso del tiempo, y este pondrá a cada uno en su sitio, y sobre todo, no podrá haber manipulación, al menos, en lo que dice en el soporte físico llamado papel oficial del estado.

Y alguien se preguntará, y que pone allí que no se pueda decir con palabras?
Pues que allí especifica cómo fue la historia, cuáles fueron las posturas y cuál fue el resultado. Es la historia de los hechos. Será entonces cuando los hijos sabrán quién es quién.

Queda claro que a la mujer no le interesa la igualdad. Si no, no aplaudiría leyes ventajistas. Pedirían igualad absoluta y lucharían por los objetivos.

Mujer, no estoy obligado a cederte el paso, sólo, a no entorpecerlo.

Pedro Cruz – Gran Canaria – 19 de marzo de 2010