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Penas de 6 a 8 años por intentar un asesinato para quedarse con una menor

viernes, 22 de enero de 2010

Noticias EFE

Santander, 19 ene (EFE).- La Audiencia de Cantabria impondrá entre seis y ocho años y medio de cárcel a una pareja después de que ambos hayan reconocido que trataron de matar al padre de la hija de la mujer para que ésta pudiera quedarse con la custodia de la menor y hayan aceptado las penas solicitadas por las acusaciones.

El tribunal condenará a la mujer, María Dolores P.G., a seis años de cárcel y al hombre, José Antonio J.C., que fue quien disparó contra el padre de la niña en Torrelavega (Cantabria), a ocho años y medio de prisión.

Los dos están acusados de intento de asesinato y a esta imputación se suma, en el caso del hombre, otra por tenencia ilícita de armas, porque no tenía los permisos para la pistola que usó y que no se ha podido hallar.

Esta mañana los acusados han admitido los hechos recogidos en el escrito de acusación de la Fiscalía de Cantabria, que inicialmente había solicitado que se les condenara a diez años de cárcel por intento de asesinato y quince meses más de prisión por la tenencia ilícita de armas en el caso de José Antonio J.C.
La acusación particular, ejercida por el padre de la hija de María Dolores P.G., había pedido catorce años de cárcel por el intento de asesinato y un año y seis meses por la tenencia ilícita de armas.

Tras admitir la pareja las acusaciones ante la sección primera de la Audiencia, tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular han reducido su petición de condena.

Según el relato de la Fiscalía, reconocido hoy por la pareja, los hechos ocurrieron el 3 de marzo de 2008, día en que María Dolores P.G. había quedado con el padre de su hija en una plaza de Torrelavega para que le entregara la menor.

El Fiscal señala que mientras la ex pareja de María Dolores P.G. esperaba a que la niña se tomara un refresco, la acusada telefoneó a su compañero sentimental en dos ocasiones: primero para decir que el padre de su hija había ido a la cita y la segunda para informar de que esta persona ya se iba del bar donde estaban. Por eso entiende que fue cooperadora necesaria en el intento de asesinato.

Cuando el padre de la niña se fue del bar, el otro acusado, José Antonio J.C., lo siguió por la calle y, una vez que llegó a su altura, lo llamó por la espalda y, cuando se giró, le disparó en el rostro.

Pero no lo mató, porque, pese a que el acusado intentó un segundo disparo, el proyectil no salió al encasquillarse el arma.

Al día siguiente del suceso se detuvo a María Dolores P.G. mientras que su pareja, José Antonio J.C., se entregó de forma voluntaria un día después.
El Fiscal cree que, con esta acción, los acusados pretendían recuperar la custodia de la hija menor de María Dolores P.G., que ostentaba el padre de la niña.

1 comentarios:

Anónimo dijo...

Conflictos y más conflictos. La legislación española favorece el conflicto, ya que en tales casos siempre hay un mismo beneficiado en relación a la custodia de los hijos: la mujer.
Hay que recordar que la custodia compartida es el derecho de los hijos a ser educados criados y mantenidos por ambos progenitores en condiciones de igualdad. Es un derecho de los hijos y un deber del padre y de la madre.
Cayetano Sánchez Reyes.