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Huérfanos tras el divorcio

martes, 3 de febrero de 2009

Los juzgados de Familia apenas conceden custodias compartidas, una figura que distribuye a partes iguales el cuidado de los hijos entre padres separados. Unos lo achacan a las limitaciones de la Ley del Divorcio, otros a la escasa implicación del varón en las labores familiares. Y entre ambos emerge una minoría de hombres que se rebela contra la hegemonía materna.


M. REYES - LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. Una revolución silenciosa comienza a reclamar en los juzgados que el cuidado de los hijos no recaiga de manera exclusiva en las madres. Son padres conscientes de que la igualdad empieza en la crianza de los niños, una tarea que siempre ha estado en manos de las mujeres. Y de ahí la pregunta: ¿deben los jueces conceder la custodia compartida a los hombres que la solicitan tras una separación más o menos conflictiva con su pareja?

La cuestión levanta ampollas entre abogados, jueces, fiscales y colectivos afectados, porque hay división de opiniones y la propia Ley del Divorcio es criticada desde esos sectores, al menos respecto al artículo 92 del Código Civil, que regula la custodia compartida e introdujo esa figura jurídica en 2005.

Hay asociaciones que exigen cambios legislativos, incluso abogados de corte progresista que consideran ya obsoleta la Ley de 2005.

En concreto piden que la custodia compartida se aplique de manera preferente y no como una posibilidad excepcional si la pide alguno de los progenitores en conflicto, según explica y reivindica Mario Fernández, presidente de la Asociación Custodia Compartida de Tenerife, así como la abogada Carmen Morales, una de las primeras letradas en lograr una custodia de este tipo en España. "Tras una ruptura no puede haber vencedores ni vencidos", añade Morales, "porque hay que desterrar la mentalidad obsoleta de que la madre es la única capacitada para cuidar a sus hijos".

Otras abogadas especializadas en Familia se muestran más cautelosas. "Sería lo ideal para el desarrollo emocional de los niños, pero la relación de los padres debe ser muy cordial y eso no ocurre cuando un matrimonio se rompe", sostiene Mónica Beaumont. La letrada es partidaria de recurrir a esta figura sólo si hay "mutuo acuerdo y los progenitores se llevan excepcionalmente bien".

Además, Beaumont, al igual que Morales, considera necesario que exista estabilidad de horarios, proximidad de viviendas o criterios uniformes de educación, pues esta figura implica que los progenitores se ocupen de los hijos por igual. De hecho, las modalidades de custodia se concretan en días alternos, meses o semanas con unos y otros.

Sin embargo, los órganos judiciales otorgan muy pocas custodias compartidas, apenas un 0,05%, según estimaciones de María Paz Pérez, titular del Juzgado de Familia número 3 de la capital grancanaria. La jueza opina que esa tendencia cambiará cuando los roles sociales evolucionen y el padre participe más en las responsabilidades familiares, "porque nosotros no estamos cerrados". Pérez ha dictado sentencias novedosas, entre ellas una en la que los niños permanecen en el hogar familiar y son los padres quienes abandonan la casa cada mes.

"No me puedo pronunciar ni a favor ni en contra", asegura la fiscal Inés Herreros, especializada en Menores, "porque deben valorarse de modo concreto y específico las circunstancias de cada caso". Y agrega: "siempre se debe buscar y proteger el interés del menor". La posición del Ministerio Fiscal es importantísima, pues la ley exige que su informe sea favorable para conceder una custodia de este tipo. Los jueces están atados.

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